COMPRAS Y CONTRATACIÓN PUBLICA
ACTIVIDAD N° 4
ESTUDIANTE:
EDUARDO CALDERÓN
DOCENTE:
MANYA PULIDO
UNIVERSIDAD MANUELA BELTRAN
TECNOLOGÍA EN GESTIÓN PROCESOS LOGÍSTICOS
FEBRERO 2017
a) Concepto de contratación pública y diferencia con la contratación privada
Contratación publica Es el procedimiento por el cual un ente del sector público selecciona a la persona
física o jurídica que tiene que ejecutar una obra, prestar un servicio o suministrar un
bien, para satisfacer una finalidad pública.
Contratación privada es un acuerdo entre dos partes jurídicas o naturales diferentes, donde mediante un documento registran los datos de la negociación, condiciones y pago. El tipo de contrato varía según el grado de responsabilidad de cada una de las partes involucradas.
La diferencia entre entre ambas contrataciones radica en que la contratación privada es básicamente un acuerdo formal entre las partes involucradas, donde puede llegar a ver flexibilización de términos y condiciones acordadas en común; mientras que en la contratación pública, se entran a competir varios interesados en adquirir la licitación y están sujetas a condiciones establecidas por el Estado o por la Entidad Pública licitadora
b) Principios de la contratación pública
Transparencia Se garantiza que las reglas de la contratación sean objetivas, claras, justas y completas, que permitan una participación activa e idónea entre los proponentes.
Economía Se deben usar la menor cantidad de recursos, en el desarrollo de las etapas necesarias para el proceso de la contratación, igualmente determinar que dentro del proceso no se debe exceder del presupuesto asignado.
Responsabilidad En este término aplican todos los involucrados en el proceso de la contratación, donde cada uno tiene derecho y deber de responder jurídicamente ante la presencia de perjuicios.
Selección Objetiva Todos los contratos públicos firmados deben mantener igualdad entre las partes frente a los compromisos firmados, en caso de haber alguna desviación al contrato, debe retornar a su curso normal tomando las medidas necesarias continuando con su objetividad.
Planeación Se debe llevar un cronograma de desarrollo y de ejecución tanto para el proceso de contratación como para la presentación de propuestas.
C) Significado de los términos: Inhabilidad, Incompatibilidad, y Conflicto de Intereses
La consagración legal de las incompatibilidades e inhabilidades es un desarrollo del Principio de Moralidad que la Constitución Política consagra como uno de los rectores de la función administrativa, instituido en el artículo 209 de la Carta.
Inhabilidad Hace relación a la falta de idoneidad, habilidad o falta de capacidad para celebrar válidamente un contrato estatal. Normatividad. Art. 8 Ley 80/1993.
Incompatibilidad Hace relación con la imposibilidad de coexistencia que cabe predicar respecto de dos o más elementos, circunstancias, cosas e incluso personas. Normatividad. Art. 8 Ley 80/1993.
Conflicto de Intereses Es aquella situación o evento en que los intereses personales, directos o indirectos, de los servidores de una entidad pública se encuentren en oposición con los intereses de la entidad e interfieran con ella, o lo lleven a actuar en su desempeño al recto y real cumplimiento de sus responsabilidades. Es decir el conflicto nace cuando un funcionario publico tiene un interés directo en la toma de una decisión porque lo afecta.
d) Estructura (Etapas) y documentos del proceso de contratación
La doctrina tiene distintas tendencias, pero todas coinciden en que la contratación tiene actividades previas y posteriores, por lo que comúnmente estas se agrupan en:
Actividades pre-contractuales
Actividades Contractuales
Actividades Post-ContractualesPLANIFICACIÓN Es el proceso de diseño y selección de objetivos, metas y acciones acordes a la visión para el logro de resultados. Su producto es un PLAN que contiene políticas, programas, cronogramas, presupuestos. Es una proyección realista y verificable
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IMPORTANCIA DE LA PLANIFICACIÓN
Base y soporte fundamental del contrato y del trámite
Permite que el contrato se ajuste a las necesidades de la entidad
Convierte al Contrato en instrumento para el cumplimiento de la misión de la entidad
Base y soporte fundamental del contrato y del trámite
Permite que el contrato se ajuste a las necesidades de la entidad
Convierte al Contrato en instrumento para el cumplimiento de la misión de la entidad
- PRECONTRACTUAL
- CONTRACTUAL
Una vez surtido el proceso de selección, el Ministerio del Trabajo, elaborará la minuta del contrato
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO El contrato se perfecciona con la firma de las partes, es importante señalar que el mismo se debe elevar a escrito y debe ser firmado por parte de la Entidad por la Ordenadora del Gasto y por el contratista el Representante legal, o su delegado o apoderado, si se trata de persona jurídica o por la persona natural que demuestra la capacidad para obligarse.
- POSTCONTRACTUAL
Existen dos clases de liquidación
DE MUTUO ACUERDO: De acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de la Ley 1150 de
2007, la liquidación de los contratos se hará de mutuo acuerdo dentro del término fijado
en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, o dentro del que acuerden las partes
para el efecto. De no existir tal término, la liquidación se realizará dentro de los cuatro (4)
meses siguientes a la expiración del término previsto para la ejecución del contrato o a la
expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que
la disponga.
UNILATERAL: En aquellos casos en que el contratista no se presente a la liquidación
previa notificación o convocatoria que le haga la entidad, o las partes no lleguen a un
acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral
dentro de los dos (2) meses siguientes
e) Licitación pública, qué es, cómo funciona y otras modalidades de selección pública que existen
Que es licitación publica es la regla general de selección de contratistas debido a que se erige como el pilar del principio de transparencia, el cual garantiza la igualdad entre los oferentes, la publicidad y la libre concurrencia
La licitación pública permite la contratación para la ejecución de obras o adquisición de bienes o servicios.
Cómo funciona como proceso de selección residual, mediante el cual se seleccionará aquel objeto que se pretenda contratar si no existe otro procedimiento aplicable, o incluso si lo que se requiere contratar es una mezcla de la selección de bienes o servicios que deberían contratarse mediante otra modalidad.
otras modalidades de selección pública
Selección Abreviada
La selección abreviada es una modalidad de selección que se denomina como simplificada, debido a que los plazos y condiciones en su procedimiento son menos exigentes que para la Licitación Pública. Para la adopción de esta modalidad de selección tienen varios criterios: el valor estimado de la contratación, las características del bien o servicio y la destinación de los bienes o servicios que se pretende satisfacer.
Concurso de Méritos
Esta modalidad de selección de contratistas la determinada el tipo de contrato a celebrar, así lo señala el numeral 3 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, el cual establece que la selección de consultores o proyectos se realiza a través de concurso. Los elementos que definen el contrato de consultoría serán analizados en la lección sobre tipos de contratos
Contratación Directa
Las causales para la utilización de esta modalidad de selección están señaladas expresamente en la Ley, las cuales deben ser ampliamente justificadas por la entidad contratante, especificando claramente cómo se enmarcan dentro de los presupuestos fijados por la Ley
f) Diagrama de flujo estándar de un procedimiento de contratación pública.
g) Garantías y seguros
De acuerdo con el artículo 128 del Decreto 1510 de 2013 las garantías que respaldan el cumplimiento de un contrato pueden hacerse efectivas cuando se presenta un incumplimiento en las obligaciones pactadas, que da lugar a la declaratoria de incumplimiento, la caducidad del contrato y la efectividad de la cláusula penal cuando proceda; así como a la imposición de multas
El contrato de seguro contenido en una póliza sólo puede ser suscrito por compañías aseguradoras
vigiladas por la Superintendencia Financiera. En consecuencia, no son contratos de seguro las fianzas u
otros instrumentos expedidos por compañías de fianzas generales y demás entidades no sujetas a dicha
inspección y vigilancia.
Hacen parte del contrato de seguro los anexos y soporte
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| CONCLUSIONES |
De manera personal resalto cada uno de los temas vistos en esta activad, ya que me permitió adquirir y fortalecerle nuevos conocimientos con respecto a los tipos de contratación publica y privada, conocer cada uno de sus principios, normas y etapas y las leyes que las rigen, que conjuntamente buscas establecer responsabilidades y beberes para la prestación de un mejor servicio.
h) Bibliografía
http://www.tesauro.com.co/PROCEDIMIENTOS/MATETAPASpagina_nueva_1.htm
http://datateca.unad.edu.co/contenidos/109133/eXe_109133/Modulo/MODULO_EXE/leccin_2_modalidades_de_seleccin.html
http://www.andi.com.co/es/GAI/GuiInv/ConEst/ConEst/Paginas/PCEst.aspx
http://www.eafit.edu.co/escuelas/administracion/departamentos/departamento-contaduria-publica/planta-docente/Documents/Nota%20de%20clase%2058%20licitaciones.pdf
http://datateca.unad.edu.co/contenidos/109133/eXe_109133/Modulo/MODULO_EXE/leccin_2_modalidades_de_seleccin.html
http://www.andi.com.co/es/GAI/GuiInv/ConEst/ConEst/Paginas/PCEst.aspx
http://www.eafit.edu.co/escuelas/administracion/departamentos/departamento-contaduria-publica/planta-docente/Documents/Nota%20de%20clase%2058%20licitaciones.pdf


